115. Según una antigua tradición, se pueden distinguir dos sentidos de la Escritura: el sentido literal y el sentido espiritual; este último se subdivide en sentido alegórico, moral y anagógico. La concordancia profunda de los cuatro sentidos asegura toda su riqueza a la lectura viva de la Escritura en la Iglesia.
110-114 116. El sentido literal. Es el sentido significado por las palabras de la Escritura y descubierto por la exégesis que sigue las reglas de la justa interpretación. Omnes sensus (sc. sacrae Scripturae) fundentur super unum litteralem sensum (Santo Tomás de Aquino, S.Th., 1, q.1, a. 10, ad 1). Todos los sentidos de la Sagrada Escritura se fundan sobre el sentido literal.
117. El sentido espiritual. Gracias a la unidad del designio de Dios, no solamente el texto de la Escritura, sino también las realidades y los acontecimientos de que habla pueden ser signos.
1. El sentido alegórico. Podemos adquirir una comprensión más profunda de los acontecimientos reconociendo su significación en Cristo; así, el paso del mar Rojo es un signo de la victoria de Cristo y por ello del Bautismo (cf. 1 Cor 10, 2).
2. El sentido moral. Los acontecimientos narrados en la Escritura pueden conducirnos a un obrar justo. Fueron escritos «para nuestra instrucción» (1 Cor 10, 11; cf. Hb 3-4,11).
3. El sentido anagógico. Podemos ver realidades y acontecimientos en su significación eterna, que nos conduce (en griego: «anagoge») hacia nuestra Patria. Así, la Iglesia en la tierra es signo de la Jerusalén celeste (cf. Ap 21,1- 22,5).
118. Un dístico medieval resume la significación de los cuatro sentidos:
“Littera gesta docet, quid credas allegoria, Moralis quid agas, quo tendas anagogia” (La letra enseña los hechos,
la alegoría lo que has de creer, el sentido moral lo que has de hacer, y la anagogía a dónde has de tender).
(Agustín de Dacia, Rotulus pugillaris, I: ed. A. Walz: Angelicum 6 [1929], 256)
119. «A los exegetas toca aplicar estas normas en su trabajo para ir penetrando y exponiendo el sentido de la sagrada Escritura, de modo que mediante un cuidadoso estudio pueda madurar el juicio de la Iglesia. Todo lo dicho sobre la interpretación de la Escritura queda sometido al juicio definitivo de la Iglesia, que recibió de Dios el encargo y el oficio de conservar e interpretar la palabra de Dios» (DV 12,3):
113 «Ego vero Evangelio non crederem, nisi me catholicae Ecclesiae commoveret auctoritas» (No creería en el Evangelio, si no me moviera a ello la autoridad de la Iglesia católica) (San Agustín, Contra epistulam Manichaei quam vocant fundamenti, 5,6).